Derechos:

ARTICULO 13o. DERECHOS DE LOS ASOCIADOS: Son derechos fundamentales de los asociados:

  • Utilizar o recibir los servicios que preste “FONDOMSD”.
  • Participar en las actividades de “FONDOMSD” y en su administración mediante el desempeño de cargos sociales.
  • Ser informados de la gestión de “FONDOMSD”, de sus aspectos económicos y financieros y de lo relativo a sus servicios, por medio de comunicaciones periódicas oportunas y en las reuniones de asociados o asambleas generales.
  • Ejercer actos de decisión en las Asambleas Generales y de elección en condiciones que garanticen la igualdad de los asociados, sin consideración a sus aportes, en los eventos previstos por el presente Estatuto y conforme a los reglamentos.
  • Fiscalizar la gestión de “FONDOMSD” en los términos y con los procedimientos que establezcan el Estatuto y los reglamentos.
  • Retirarse voluntariamente de “FONDOMSD”.
  • Recibir el auxilio póstumo que será pagado a quienes el asociado haya designado libremente como beneficiario (s) en el formato de afiliación. Este será aportado por cada asociado en un valor equivalente a un (1) salario mínimo legal diario vigente en la fecha de defunción del asociado. Tal aporte se efectuara con cargo a los ahorros permanentes de cada asociado.

PARAGRAFO: El ejercicio de los derechos de los asociados estará condicionado al cumplimiento de los deberes y obligaciones, y que no se encuentren suspendidos conforme al régimen disciplinario.

Deberes:

ARTICULO 14o. DEBERES DE LOS ASOCIADOS: Son deberes fundamentales de los asociados: 

  • Adquirir conocimientos sobre los objetivos, características y funcionamiento de los Fondos de Empleados en general y de “FONDOMSD” en particular.
  • Comportarse con espíritu solidario frente a “FONDOMSD” y a sus asociados.
  • Acatar las normas estatutarias y las decisiones tomadas por la Asamblea General y los órganos directivos y de control.
  • Cumplir oportunamente las obligaciones de carácter económico y demás derivadas de su asociación a “FONDOMSD”.
  • Abstenerse de efectuar actos o incurrir en omisiones que afecten la estabilidad económica o el prestigio social de “FONDOMSD”.
  • Usar adecuadamente los servicios de “FONDOMSD"
  • Desempeñar con diligencia y eficacia los cargos y comisiones que le hayan sido encomendados.
  • Aceptar y cumplir las determinaciones que las directivas de “FONDOMSD” adopten conforme al estatuto y reglamentos.
  • Los demás que le fijen la ley y el estatuto.

PARAGRAFO: Los deberes y obligaciones previstos en el presente estatuto y los reglamentos, se establecen con criterio de igualdad, salvo las contribuciones económicas que podrán graduarse teniendo en cuenta los niveles de ingreso salarial.

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